Sentencia N° 2300 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de agosto de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 2300, Exp. 03-1831, 01/08/2005
Expediente03-1831
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-08-01
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad de la acción de amparo constitucional interpuesta por Víctor Hugo Hernández Ortiz, contra la declinatoria de competencia del Tribunal Segundo en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible la acción, argumentando que la declinatoria no constituía una amenaza a derechos constitucionales, sino un trámite procesal. La Sala Constitucional confirmó esta decisión, señalando que el medio adecuado para impugnar la decisión era el recurso de apelación, no un amparo contra amparo.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la acción de amparo fue interpuesta contra la decisión dictada el 9 de junio de 2003, por el Tribunal Segundo en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, mediante la cual declinó la acción de amparo intentada previamente por el accionante al conocimiento de un Tribunal Civil, visto que los hechos que dieron origen a la supuesta violación constitucional no se encontraban relacionados con la comisión de un delito. Por su parte la Corte de Apelaciones de ese Circuito Judicial Penal, al conocer en primera instancia la acción de amparo intentada contra la decisión de amparo dictada por el Tribunal de Juicio, consideró que dicho fallo no vulneró derechos constitucionales del accionante y que en tal caso era esta Sala la encargada de resolver los conflictos de competencia que pudieran suscitarse entre los tribunales involucrados en el caso, declarando la misma inadmisible de conformidad con lo previsto en el cardinal 2 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Dispositiva
CONFIRMA según los motivos expuestos, la decisión dictada el 11 de junio de 2003 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, mediante la cual se declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Víctor Hugo Hernández Ortíz. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente.
Palabras clave
amparo constitucionaldeclinatoria de competenciaderechos constitucionalesCorte de Apelacionesacción de amparoinadmisiibilidadrecurso de apelación