Sentencia N° 2295 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de diciembre de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 2295, Exp. 07-1102, 18/12/2007
Expediente07-1102
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-12-18
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión de la sentencia dictada el 20 de mayo de 2005 por el Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora. El recurrente alegó vicios en la citación y alteraciones del debido proceso. La Sala, tras analizar los argumentos, concluyó que la revisión no constituía una nueva instancia y que la decisión impugnada no contradecía la doctrina constitucional.

Extracto de la motiva

La solicitud de revisión planteada está dirigida contra la sentencia dictada, el 20 de mayo de 2005, por el Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, que declaró sin lugar el recurso de invalidación intentado por el abogado Humberto José Astudillo, el 27 de septiembre de 2004; instó a las partes a ceñirse a lo establecido en los artículos 17 y 170 del Código de Procedimiento Civil, en cuanto al respeto, la lealtad y probidad con la cual deben tratarse en el juicio; ratificó la sentencia del 31 de marzo de 2004 y decidió que son válidas las actuaciones realizadas en el juicio de Desalojo que dio origen al citado recurso. Y en relación con la fianza presentada este Tribunal dictaminó que la misma resulta inoficiosa; y que por consiguiente, debía devolverse al ejecutado la cantidad consignada por concepto de fianza.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la revisión solicitada por el abogado Humberto José Astudillo Carmona, de la sentencia dictada el 20 de mayo de 2005 por el Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

revisiónsentenciainvalidacióndebido procesoconstitucionalidadjurisdicciónderecho a la defensa

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