Sentencia N° 2294 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 2294, Exp. 03-3236, 24/09/2004
Expediente03-3236
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-12-15
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de amparo constitucional interpuesta por Henry León Pérez e Irma Alejandra Blanco Correa, quienes alegaron violaciones a sus derechos fundamentales por parte de la Corte de Apelaciones del Estado Carabobo. La Sala analizó la admisibilidad de las pruebas y la legalidad del allanamiento realizado por la Guardia Nacional, concluyendo que las pruebas obtenidas eran nulas debido a la violación del debido proceso y derechos humanos. Sin embargo, la Sala declaró sin lugar la solicitud de desaplicación del artículo 54 de la Ley para el Control de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles, argumentando que no había lugar para el control difuso de la constitucionalidad en este caso.

Extracto de la motiva

La Sala se declaró competente para el reconocimiento de las demandas de amparo constitucional que se ejerzan contra las sentencias de última instancia que dicten los Juzgados Superiores de la República. En el caso de autos, la acción fue ejercida contra las decisiones que dictó la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo. La Sala consideró que el allanamiento realizado por la Guardia Nacional fue ilegal, ya que no contaba con la debida autorización judicial, lo que vulneró los derechos fundamentales de los demandantes. Se argumentó que las pruebas obtenidas durante el allanamiento eran nulas, ya que fueron obtenidas mediante coacción y amenazas, lo que contraviene el debido proceso. Sin embargo, la Sala concluyó que la solicitud de desaplicación del artículo 54 de la Ley para el Control de Casinos no era procedente, ya que la Sala Constitucional no podía ejercer control difuso en este caso.

Dispositiva

Por lo expuesto, esta Sala declara sin lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos Henry León Pérez e Irma Alejandra Blanco Correa, contra las decisiones de la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, y se ordena el archivo del expediente.

Palabras clave

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