Sentencia N° 2282 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de diciembre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 2282, Exp. 06-0055, 12/12/2006
Expediente06-0055
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-12-12
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Oscar Bernal Segovia en representación de Cleveland Indians Baseball Company. La decisión se basa en la falta de representación adecuada, ya que el poder otorgado no era suficiente para actuar en el proceso de amparo. La Sala reitera que la legitimación activa en materia de amparo corresponde a quien se afirme agraviado en sus derechos constitucionales y que la falta de representación es causal de inadmisibilidad según la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
Esta Sala en sentencia reciente n° 1894 del 27 de octubre de 2006, conociendo en apelación en un caso análogo, en el cual el 26 de junio de 2006 el Juzgado Superior del Trabajo de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy, declaró parcialmente con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Jesús Efraín Muñoz y Oscar Bernal Segovia, actuando como apoderados judiciales de la sociedad extranjera Cleveland Indians Baseball Company, contra la decisión dictada el 19 de enero de 2006 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Coordinación Laboral del mismo Estado, que negó la admisión del recurso de invalidación de sentencia interpuesta por la citada sociedad; declaró inadmisible la acción de amparo constitucional intentada vista la insuficiencia del poder consignado para arrogarse la representación alegada en el amparo invocado. En dicha sentencia se expuso lo que sigue: ‘Al respecto, esta Sala advierte que, revisadas las actas que conforman el presente expediente contentivo de la acción de amparo constitucional y el poder presentado por los abogados Jesús Efraín Muñoz y Oscar Bernal Segovia, otorgado el 15 de febrero de 2005, ante el Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Miami, Estado de Florida, Estados Unidos de América que corre del folio 13 al folio 15, que tales apoderados judiciales de la accionante realizaron actuaciones procesales afirmando tener representación para ello; no obstante, el poder con que actuaron no es eficaz y suficiente por no atribuir facultad para intentar acciones de amparo constitucional.’
Dispositiva
Por las consideraciones de hecho y derecho que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Oscar Bernal Segovia, actuando en representación de Cleveland Indians Baseball Company, contra el auto dictado el 21 de octubre de 2005 por el Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy. En consecuencia, se declara también INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido contra la decisión dictada el 14 de noviembre de 2005 por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.