Sentencia N° 2280 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de diciembre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 2280, Exp. 06-1552, 18/12/2007
Expediente06-1552
PonenteLuisa Estella Morales Lamuño
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-12-14
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional presentada por un grupo de ciudadanos contra una sentencia de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. La acción se fundamentó en la violación de derechos a la defensa y al debido proceso, alegando que la sentencia impugnada había sido dictada sin considerar sus alegatos. La Sala ordenó a la Secretaría oficiar a la Sala Político-Administrativa para que remitiera copias certificadas de las actas del expediente correspondiente.
Extracto de la motiva
Visto que la representación judicial de la parte accionante en su solicitud de amparo constitucional aduce una serie de hechos relacionados con la verificación de un conjunto de actos procesales en el transcurso del proceso iniciado por la sociedad mercantil Marcelo & Rivero Compañía Anónima, inscrita en el Registro de Comercio que llevara el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 4 de junio de 1958, bajo el Nº 21 del Libro Nº 15, contra la Resolución Nº SPPLC/0041-04 del 6 de julio de 2004, dictada por la Superintendencia para la Promoción y Protección de la Libre Competencia; que a su juicio evidencian la violación de los derechos a la defensa y al debido proceso, establecidos en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y visto que de las actas que conforman el presente expediente no constan copias de todas las actuaciones relativas a las denuncias formuladas, la Sala de conformidad con el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, para mejor proveer ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional oficiar a la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, para que dentro del lapso de tres (3) días contados a partir de su notificación, recabe y remita copias certificadas de la totalidad de las actas procesales que conforman el expediente Nº 2006-1285.
Dispositiva
ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional oficiar a la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, para que dentro del lapso de tres (3) días contados a partir de su notificación, recabe y remita copias certificadas de la totalidad de las actas procesales que conforman el expediente Nº 2006-1285. Asimismo, toda vez que a la presente fecha la Inspectoría General de Tribunales no ha cumplido con lo ordenado por esta Sala en sentencia Nº 2.317/2006, se advierte que tal omisión podría acarrear responsabilidad administrativa, ello de conformidad con el numeral 2 del artículo 23 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que prevé la posibilidad de aplicar multa que oscilará entre el equivalente de mil unidades tributarias (1.000 U.T.) a tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.), a los funcionarios de los órganos del Poder Público que, estando obligados a hacerlo, no acataren sus órdenes ni le suministraren oportunamente las informaciones, datos o expedientes que solicitare de ellos, sin perjuicio de las sanciones penales a que haya lugar.
Palabras clave
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