Sentencia N° 228 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de abril de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 228, Exp. 03-1996, 13/04/2010
Expediente03-1996
PonenteMARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2010-04-13
DecisiónExtinción de la instancia
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia N° 4602, declarando la extinción de la instancia en la demanda interpuesta por la Asociación de Vecinos Lomas de la Esmeralda contra un acto administrativo que aprobó la construcción de una sub-estación eléctrica. La Sala argumentó que no se había realizado ninguna actuación por parte de los demandantes desde diciembre de 2006, lo que evidenció una falta de interés en continuar con el proceso. Además, se dejó sin efecto la medida cautelar solicitada para suspender la construcción de la sub-estación eléctrica.
Extracto de la motiva
La Sala ha de reiterar una vez más el criterio establecido, sostenido y reiterado, en relación a la aplicación de la figura de la perención en los procesos en los cuales se encuentran involucrados los derechos o intereses colectivos o difusos. Al respecto, esta Sala ha dejado sentado que no procede esta figura procesal sino que lo pertinente es la extinción de la instancia por pérdida del interés de la parte actora, entre otras sentencias como la N° 2867/03.11.2003 y N° 4602/13.12.2005, que ... tal como se ha señalado en sentencias anteriores, se ratifica el criterio respecto a que los derechos e intereses colectivos y difusos son de orden público, razón por la cual a las acciones que son intentadas para su protección no les es aplicable la perención de la instancia.
Dispositiva
1.- EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA en la demanda que por intereses colectivos ha sido incoada por la ASOCIACIÓN DE VECINOS LOMAS DE LA ESMERALDA, SEGUNDA ETAPA (ASOLOMES), representada por el ciudadano PEDRO RAFAEL MEJIAS, asistido por el abogado DIEGO ENRIQUE RIERA BLANCO, actuando ambos también en ejercicio de sus propios derechos, contra “el acto administrativo de efectos particulares (...) dictado en fecha 18 de julio del año 2002, por la Dirección de Desarrollo Urbano, División de Planificación Urbana, de la Alcaldía de San Diego, a través de su Directora de Desarrollo Urbano, Arquitecto Ana María Arenillas D., el cual, aprobó la Resolución Nº 139-02, denominado PROYECTO CASO ESPECIAL, a favor de la empresa C.A. ELECTRICIDAD DE VALENCIA”. 2.- Se DEJA SIN EFECTO la medida cautelar solicitada de suspensión de la construcción de la sub estación eléctrica en que lleva a cabo la empresa C.A. Electricidad de Valencia en “la zona este de la Urbanización La Esmeralda, Av. 84-A, Terraza G7-2, jurisdicción del Municipio San Diego”.
Palabras clave
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