Sentencia N° 228 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de marzo de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 228, Exp. 04-1058, 09/03/2005
Expediente04-1058
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2005-03-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad de la acción de amparo interpuesta por el abogado José Ángel Guzmán Sánchez en representación de Dany Aguinagalde Rivas y Robert Vargas. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible la acción, argumentando que existía una vía procesal ordinaria que los demandantes debían agotar antes de recurrir al amparo. La Sala reafirmó la competencia para conocer de la consulta y confirmó la decisión de inadmisibilidad, destacando que la defensa tenía la opción de apelar la decisión del juez de control que había mantenido la medida privativa de libertad.
Extracto de la motiva
La acción de amparo interpuesta resulta inadmisible a tenor de lo establecido en el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, como la declaró el a quo, motivo por el cual pasa la Sala a confirmar el fallo apelado, y así se declara.
Dispositiva
CONFIRMA, en los términos expuestos, la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, del 16 de abril de 2004, mediante la cual, se declaró INADMISIBLE, de conformidad con el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la acción de amparo ejercida por el abogado JOSÉ ÁNGEL GUZMÁN SÁNCHEZ, actuando como defensor de los ciudadanos DANY AGUINAGALDE RIVAS y ROBERT VARGAS, contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, del 2 de abril de 2004.
Palabras clave
amparoinadmisibilidadderecho a la libertadCódigo Orgánico Procesal PenalCorte de Apelacionesdebido procesomedida privativa de libertad