Sentencia N° 2277 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de octubre de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 2277, Exp. 01-2816, 01/10/2002
Expediente01-2816
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2002-10-01
DecisiónIMPROCEDENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo interpuesta por el abogado Arturo Contreras Suárez en defensa de Winsom Yinnys Molina Díaz, contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. La Sala argumenta que no se cumplió con el presupuesto procesal necesario para la procedencia de la acción de amparo, ya que no se demostró que la Corte de Apelaciones actuara fuera de su competencia o incurriera en abuso de poder.
Extracto de la motiva
Como se observa, es requisito indispensable para que proceda la acción de amparo, que el tribunal del cual emanó la decisión que se trata de impugnar, haya actuado fuera de su competencia. Al respecto, la jurisprudencia de este Supremo Tribunal ha dejado asentado que cuando el artículo comentado habla de “actuar fuera de su competencia” debe entenderse no sólo en el sentido procesal estricto, sino que además, incluye el actuar con “abuso de poder” o “extralimitación de atribuciones”, es decir, que la acción de amparo puede intentarse contra decisiones judiciales, pero sólo procede en casos extremos. Revisado el expediente, esta Sala observa, que en el presente caso, el defensor accionante manifestó en su escrito, que la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, le violó el derecho constitucional de su defendido a una tutela judicial efectiva, sin embargo, no señaló de manera clara y precisa, los hechos que originaron que el juez incurriera mediante su sentencia, en falta de competencia, en abuso de poder o en extralimitación de funciones, ya que, para dar cumplimiento a lo exigido por el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, anteriormente transcrito, no es suficiente que el accionante manifieste que el presunto juez agraviante lesionó con su decisión derechos y garantías constitucionales, sino que debe exponer de manera clara y precisa, el por qué ese juez presuntamente agraviante actuó fuera de su competencia, con abuso de poder o extralimitación de atribuciones, y como quedó plasmada dicha incompetencia.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara -in limine litis- IMPROCEDENTE el amparo constitucional ejercido por el abogado ARTURO CONTRERAS SUÁREZ, actuando como defensor del ciudadano WINSON YINNYS MOLINA DÍAZ, contra la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, del 16 de abril de 2001. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparotutela judicial efectivaCorte de Apelacionesderechos constitucionalescompetenciaabuso de poderextralimitar atribuciones