Sentencia N° 2276 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de agosto de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 2276, Exp. 04-2387, 01/08/2005
Expediente04-2387
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-08-01
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Francisco Antonio Carrasquero López, decidió sobre la apelación interpuesta por el abogado Jorge Bahachille Merdeni en representación de Leopoldo Ivanoe Rujana de los Ríos y Oliva Sánchez Sayago. La apelación se refería a la decisión del Juzgado Superior Primero que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional contra un fallo que había declarado sin lugar una demanda por daños y perjuicios.

Extracto de la motiva

En el caso sub examine el abogado Jorge Bahachille Merdeni, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Leopoldo Ivanoe Rujana De Los Ríos y Oliva Sánchez Sayago, interpuso acción de amparo constitucional contra el fallo dictado el 19 de marzo de 2004, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la demanda interpuesta contra la sociedad mercantil Bienes Raíces Los Tres Nunes, C.A., por daños y perjuicios. Alegó el accionante, que la referida decisión, así como los actos subsiguientes a la misma, violaron de manera directa, flagrante y grosera, los elementales derechos y garantías de rango fundamental a sus defendidos, relativos concretamente al derecho de petición, el derecho a la defensa, del debido proceso y la tutela judicial efectiva, consagrados en los artículos 51, 26 y 49 de la Carta Magna.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado Jorge Bahachille Merdeni, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LEOPOLDO IVANOE RUJANA DE LOS RIOS y OLIVIA SÁNCHEZ SAYAGO, contra la sentencia dictada el 23 de agosto de 2004, por el Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se CONFIRMA la referida decisión.

Palabras clave

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