Sentencia N° 227 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de marzo de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 227, Exp. 08-1183, 16/03/2009
Expediente08-1183
PonenteMARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2009-03-16
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión interpuesta por los abogados de los ciudadanos Gómez Lozada, debido a la falta de presentación de copia certificada de la sentencia impugnada. Se argumenta que la revisión requiere de este documento para garantizar el examen adecuado de la solicitud. La Sala reafirma su competencia para conocer de este tipo de solicitudes y establece que la falta de la copia certificada es un motivo suficiente para declarar la inadmisibilidad.

Extracto de la motiva

La Sala ha considerado que quien pide una revisión debe presentar copia certificada del fallo a revisarse, no pudiendo suplirse ello, ni siquiera por la vía del artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, ya que en materia de revisión no hay contraparte que controle lo aportado por el solicitante. Así, para abocarse a las solicitudes de revisión presentadas se requiere que el solicitante facilite la copia certificada de la sentencia impugnada (Vid. Sentencia de esta Sala Nº 150/2000, caso: José Gustavo Di Mase y otros).

Dispositiva

Por las razones que antes fueron expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión interpuesta por los abogados José Antonio Muci Borjas y Alfredo Parés Salas, actuando en el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos SONIA HERMINIA GÓMEZ LOZADA, RAÚL ALFREDO GÓMEZ LOZADA y GERARDO ALFREDO GÓMEZ LOZADA, contra la sentencia dictada el 27 de febrero de 2008, por la Sala Político Administrativa.

Palabras clave

revisiónsentenciainadmisiblederecho a la defensadebido procesotutela judicial efectivacalendario judicial

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