Sentencia N° 2269 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de septiembre de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 2269, Exp. 01-2590, 26/09/2002
Expediente01-2590
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2002-09-26
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de amparo constitucional interpuesta por Magaly Cannizzaro de Capriles, quien alegaba fraude procesal en varios juicios relacionados con su patrimonio. La Sala inadmitió la acción de amparo, argumentando que el desistimiento del procedimiento fue aceptado y que no se demostraron los elementos necesarios para la procedencia del amparo. Además, se abordó la solicitud de revisión de sentencias anteriores, la cual también fue declarada inadmisible.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional considera que la acción de amparo constitucional es procedente cuando se demuestra la existencia de un acto que vulnere derechos fundamentales. En este caso, la demandante alegó que las decisiones judiciales previas fueron el resultado de un fraude procesal, pero la Sala determinó que no se presentaron pruebas suficientes para sustentar dicha afirmación. Asimismo, se destacó que el desistimiento del procedimiento de amparo implica que no hay materia sobre la cual pronunciarse, lo que lleva a la inadmisibilidad de la acción. En consecuencia, se reafirma la importancia de la seguridad jurídica y la cosa juzgada en el sistema judicial.

Dispositiva

1º NO HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del presente procedimiento; 2º INADMISIBLE, la acción de amparo constitucional incoada por la ciudadana MAGALY CANNIZZARO DE CAPRILES; 3º Que NO HA LUGAR en derecho a la solicitud de revisión de las decisiones judiciales que se mencionan.

Palabras clave

amparo constitucionalfraude procesaldecisiones judicialesdesistimientocosa juzgadaderechos fundamentalesinadmisionrevisión de sentencias

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