Sentencia N° 2264 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de septiembre de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 2264, Exp. 02-0259, 25/09/2002
Expediente02-0259
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-09-25
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de amparo constitucional interpuesta por LINA MARÍA BOVE MALDONADO DE DIAZ contra un auto del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Zulia. La demandante alegó violaciones a sus derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva, propiedad, defensa y debido proceso. Sin embargo, la Sala determinó que la demanda era improponible, ya que el auto impugnado no contenía decisión de fondo y no producía gravamen alguno a las partes.

Extracto de la motiva

La aplicación de la doctrina transcrita ut supra al caso sub examine conduce a esta Sala a la conclusión de que la demanda de autos resulta improponible y, en consecuencia, no ha lugar a la misma. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR a la demanda de amparo constitucional que incoó la ciudadana LINA MARÍA BOVE MALDONADO DE DIAZ contra el auto que dictó el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 13 de diciembre de 2001. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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