Sentencia N° 2258 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de septiembre de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 2258, Exp. 04-0480, 22/09/2004
Expediente04-0480
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-09-22
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Alejandro R. Urbano V. contra el Alcalde del Municipio Chacao, Leopoldo López, por no haber sido ratificada conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. La acción fue presentada por correo electrónico el 3 de marzo de 2004, pero no se cumplió con el requisito de ratificación dentro del plazo de tres días.

Extracto de la motiva

Ahora bien, visto que no consta en autos que la acción de amparo a que se ha hecho referencia y que fuere interpuesta por vía de internet haya sido ratificada en la forma prevista en la norma supra transcrita, ni tempestivamente ni fuera del lapso prescrito al efecto, la precitada solicitud debe declararse inadmisible, y así se decide. Es por eso que en armonía con el criterio supra transcrito, esta Sala, al verificar de autos que la presente acción de amparo constitucional interpuesta el 3 de marzo de 2004, no ha sido ratificada conforme la citada decisión, y habiendo transcurrido sobradamente el lapso de tres (3) días previsto para ello, debe declarar inadmisible la presente solicitud. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, interpuesta por el ciudadano ALEJANDRO R. URBANO V., contra el Alcalde del Municipio Chacao del Estado Miranda, ciudadano Leopoldo López. Publíquese, regístrese y Archívese el expediente.

Palabras clave

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