Sentencia N° 225 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de octubre de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 0225, Exp. 23-0607, 17/10/2024
Expediente23-0607
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2024-10-17
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La ciudadana Maribel Gouveia Cruz solicitó la revisión constitucional de una sentencia de la Sala Político Administrativa que declaró sin lugar su demanda por cumplimiento de contrato e indemnización. La Sala Constitucional, presidida por la Magistrada Tania D'Amelio Cardiet, analizó la solicitud y determinó que la Superintendencia de la Actividad Aseguradora no tenía la obligación de otorgar el crédito hipotecario solicitado, ya que dicha decisión era potestativa del Comité Evaluador del Plan de Vivienda. Finalmente, la Sala declaró no ha lugar la solicitud de revisión.

Extracto de la motiva

Así pues, cabe puntualizar que entre las prerrogativas procesales de las cuales goza la República, destaca en el presente caso la contemplada en el artículo 66 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, prerrogativa de naturaleza procesal que se traduce en la imposibilidad de que la República y otros entes a los cuales se les extiende este privilegio, y en virtud de la cual, aún cuando sus representantes judiciales no asistan a los actos de contestación, ésta -la demanda- ha de entenderse expresamente contradicha en todas sus partes. (Cfr. sentencia de esta Sala Político-Administrativa Nro. 1010 del 20 de octubre de 2010). En virtud de lo expuesto precedentemente, esta Sala advierte que en el presente caso no se produce la consecuencia jurídica prevista en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil (confesión ficta), puesto que el referido órgano público, goza de las mismas prerrogativas procesales de la República que acuerda la Ley a determinados entes y órganos de la Administración Pública. (Vid., entre otros, fallos Nros. 00417, 01262 y 00076 dictados por esta Sala en fechas 4 de mayo de 2004, 16 de noviembre de 2017 y 1° de febrero de 2018, respectivamente). Así se decide.

Dispositiva

NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional propuesta por la ciudadana MARIBEL GOUVEIA CRUZ, asistida por el abogado José Gouveia Quintal, de la sentencia dictada el 25 de abril de 2023, por la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

prerrogativas procesalesincomparecenciademandaSuperintendenciacontratoindemnizaciónCódigo CivilCódigo de Procedimiento Civil

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