Sentencia N° 225 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de febrero de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 225, Exp. 03-1624, 20/02/2004
Expediente03-1624
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2004-02-20
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de revisión interpuesto por el Municipio San Cristóbal del Estado Táchira contra una sentencia de la Sala Político Administrativa. La Sala consideró que no se daban los supuestos excepcionales para ejercer la potestad de revisión extraordinaria, ya que la sentencia impugnada no vulneraba disposiciones constitucionales ni desconocía criterios de interpretación establecidos por la Sala. En consecuencia, se declaró que no ha lugar al recurso de revisión.

Extracto de la motiva

Visto lo anterior, esta Sala juzga que en el presente caso no se dan los supuestos excepcionales que justifican el ejercicio de la aludida potestad de revisión extraordinaria y también observa que la sentencia cuya revisión se solicita no vulnera de manera directa alguna disposición consagrada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ni desconoce los criterios de interpretación constitucional fijados por esta Sala. En consecuencia, se declara que no ha lugar a la presente revisión. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara que NO HA LUGAR al recurso de revisión interpuesto por los abogados Miguel Ángel Soto Montiel y Ángel Ernesto Freites Vásquez, en su carácter de apoderados judiciales del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, contra la sentencia n° 726, dictada el 23 de mayo de 2002, por la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese, regístrese, notifíquese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

recurso de revisionsentenciaconstitucionalidadmunicipioderecho a la defensadue processjurisdicciónfallo

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca