Sentencia N° 225 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de enero de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 225, Exp. 03-0071, 18/02/2003
Expediente03-0071
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-01-09
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por César Pérez Vivas y Kenic Edgar Navarro contra Hugo Rafael Chávez y Alí Rodríguez Araque. Los accionantes alegaron violaciones a derechos ambientales y constitucionales, pero la Sala determinó que no demostraron la legitimación necesaria para actuar en nombre de un colectivo, ni presentaron pruebas suficientes que justifiquen la acción de amparo. La decisión se basa en la falta de representación de intereses colectivos y en la inadmisibilidad de la acción por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

La Sala considera que no existe en autos recaudo alguno del cual pueda desprenderse con la certeza y suficiencia que en estos casos se requiere, prueba de la representación de intereses colectivos, esto es, de que un grupo determinado o determinable de personas han aceptado esta representación, razón por la cual se considera que los accionantes no tienen la legitimación requerida para actuar en nombre de un colectivo en protección de sus derechos. Así se decide. Tampoco se trata aquí de un interés difuso de 'todos los venezolanos', toda vez que la situación -tal como ha sido planteada en autos- no incide en la esfera de un número indeterminado e indeterminable de personas que habitan y residen en todo el territorio de la República.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por los ciudadanos CÉSAR PÉREZ VIVAS y KENIC EDGAR NAVARRO, el primero actuando en su condición de Diputado de la Asamblea Nacional y domiciliado en la ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, y el segundo como residente de dicha ciudad, asistidos por el abogado JUAN JOSÉ LUCAS RIESTRA DELGADO, el cual actúa además en nombre propio, en contra de los ciudadanos HUGO RAFAEL CHAVEZ, Presidente de la República y ALÍ RODRÍGUEZ ARAQUE, Presidente de Petróleos de Venezuela, S.A. (P.D.V.S.A.). Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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