Sentencia N° 2248 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de septiembre de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 2248, Exp. 02-0081, 24/09/2002
Expediente02-0081
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2002-09-24
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo tributario presentada por Germán Antonio Morantes Ramírez, debido a la falta de claridad en la naturaleza de la acción y las pretensiones del actor. Se señala que el escrito presentado es ininteligible y no permite determinar la competencia de la Sala para conocer de la acción. La Sala considera que la solicitud no es susceptible de enmienda y que es necesario que el actor formule su petición con la asistencia de un profesional del Derecho.

Extracto de la motiva

Si bien en el petitorio del escrito presentado por el ciudadano Germán Antonio Morantes Ramírez se califica a la acción ejercida como de “amparo tributario” y que, de lo expuesto en el Capítulo I de dicho escrito, “Acción de Amparo Tributario” (folio 15 de la primera pieza del expediente), podría concluirse con esfuerzo que la acción se estaría ejerciendo contra algunas actuaciones u omisiones judiciales del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que de cualquier modo nunca son especificadas, la Sala considera que la solicitud examinada resulta completamente ininteligible no sólo a los fines de precisar qué tipo de acción es la que en definitiva se está ejerciendo en el presente caso –que además de amparo tributario como antes se indicó, se le califica en el Capítulo II de “amparo autónomo” (folio 11 de la primera pieza del expediente), y luego, en actuaciones posteriores, de “recurso de revisión” (folios 24 y 28 de la cuarta pieza del expediente)-, sino de determinar cuál es la pretensión deducida por el actor en cuanto a lo denunciado y pedido en sus múltiples escritos, pues algunas veces pide que se inadmita una acción de amparo constitucional y otras que se ordene al Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas antes mencionado que “expida las planillas del arancel judicial”, entre otras solicitudes igualmente confusas.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la acción ejercida por el ciudadano Germán Antonio Morantes Ramírez el 14 de enero de 2002, por las razones expuestas en el presente fallo. Publíquese, regístrese, notifíquese y archívese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo tributariodemora excesivaexpropiaciónlitisconsorcioarancel judicialcompetencia negativa

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