Sentencia N° 2246 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de septiembre de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 2246, Exp. 04-0504, 22/09/2004
Expediente04-0504
PonenteANTONIO J. GARCÍA GARCÍA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-09-22
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, al decidir sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por Oswaldo José García Cedeño, declaró inadmisible la solicitud debido a que no se ratificó la acción conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. La acción fue presentada el 4 de marzo de 2004, pero no se cumplió con el requisito de ratificación dentro del lapso de tres días. La decisión se fundamenta en la interpretación de la normativa vigente sobre el acceso a la justicia y la urgencia de la ratificación de la acción de amparo.

Extracto de la motiva

Ahora bien, visto que no consta en autos que la acción de amparo a que se ha hecho referencia y que fuere interpuesta por vía de internet haya sido ratificada en la forma prevista en la norma supra transcrita, ni tempestivamente ni fuera del lapso prescrito al efecto, la precitada solicitud debe declararse inadmisible, y así se decide.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, interpuesta por el ciudadano OSWALDO JOSÉ GARCÍA CEDEÑO, actuando en su propio nombre contra el Alcalde del Municipio Baruta del Estado Miranda, ciudadano Enrique Capriles Radonski. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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