Sentencia N° 2236 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de diciembre de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 2236, Exp. 07-0694, 17/12/2007
Expediente07-0694
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-12-17
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por el abogado Jesús Guillén Morlet en representación de José Gregorio Hernández, quien solicitó el cese de la paralización de su causa por recusación de un juez. La Sala determinó que la acción de amparo era inadmisible, ya que el querellante podía haber ejercido otros recursos procesales para proteger sus derechos. La decisión apelada fue confirmada, declarando sin lugar la apelación y manteniendo la inadmisibilidad de la acción de amparo.

Extracto de la motiva

Pasa esta Sala a decidir el presente recurso de apelación, para lo cual resulta ineludible aclarar, como punto previo, que el abogado Jesús Guillén Morlet, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano José Gregorio Hernández, intentó recurso de apelación de conformidad con lo pautado en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, contra la decisión emitida el 15 de marzo de 2007, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, pero no presentó escrito de fundamentación, razón por la cual esta Sala pasa a decidir sin enfoque de denuncia alguna, considerando los alegatos expuestos en el escrito contentivo de la acción de protección constitucional, los razonamientos que siguió el Juzgado Superior para dictar la decisión apelada, así como los elementos cursantes a los autos.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida y CONFIRMA en los términos expuestos, el fallo dictado el 15 de marzo de 2007 por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Jesús Guillén Morlet, apoderado judicial del ciudadano JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ, ya identificados, contra “(…) la omisión cometida al no enviar los autos a otro Juez competente, y contra la paralización de la causa contenida en el auto de fecha 1 de marzo de 2007, emanado del Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, ciudadano Rubén Medina”, en virtud de la recusación interpuesta por el representante judicial del accionante contra el referido Juez, en el curso de la demanda (audiencia de juicio) que por prestaciones sociales interpuso el accionante contra la Asociación de Judo del Estado Lara y la Fundación para el Deporte del Estado Lara (FUNDELA).

Palabras clave

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