Sentencia N° 2234 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de agosto de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 2234, Exp. 02-2409, 18/08/2003
Expediente02-2409
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-08-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta de una acción de amparo constitucional interpuesta por la defensa de Paola Andrea Cárdenas Villa, quien alegó violaciones a sus derechos al debido proceso y a la libertad personal. La Corte de Apelaciones había declarado con lugar la acción, argumentando que el Tribunal Primero de Control no había presentado acusación en el plazo establecido por el Código Orgánico Procesal Penal, lo que hacía ilegítima la privación de libertad de la demandante. La Sala Constitucional confirmó parcialmente la decisión de la Corte de Apelaciones, señalando que el Tribunal de Control había infringido los derechos de la demandante al no ordenar su libertad tras el vencimiento del plazo para presentar la acusación. Sin embargo, la Sala revocó las medidas cautelares sustitutivas otorgadas por la Corte de Apelaciones, indicando que estas generaban una nueva situación jurídica que no correspondía al juez constitucional decidir. Finalmente, se ordenó al Tribunal de Control que se pronunciara nuevamente sobre la solicitud de sustitución de la medida de privación de libertad, reafirmando la importancia de respetar los plazos y derechos establecidos en la ley.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la presente consulta, para lo cual, previamente, debe establecer su competencia para conocer de la misma. A tal efecto, se observa: En el presente caso, la decisión sujeta a consulta fue dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, la cual conoció en primera instancia de un amparo constitucional ejercido por la presunta violación de derechos y garantías constitucionales por parte del Tribunal Primero de Control de ese Circuito Judicial Penal. Por tales motivos, esta Sala, congruente con los criterios establecidos en los fallos del 20 de enero de 2000 (caso: Emery Mata Millán) y del 8 de diciembre de 2000 (caso: Yoslena Chanchamire Bastardo), se declara competente para conocer de la presente consulta. Así se decide. Determinada la competencia, esta Sala observa de los alegatos esgrimidos por el defensor privado de la ciudadana Paola Andrea Cárdenas Villa, que la acción de amparo constitucional fue interpuesta contra el auto dictado, el 26 de julio de 2002, por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, que declaró sin lugar una solicitud de sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad que le había decretado ese juzgado. En efecto, se sostuvo que el referido Tribunal Primero de Control le decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad a la accionante, el 22 de junio de 2002, y que el Ministerio Público no presentó acusación en su contra dentro de los treinta (30) días siguientes a dicha oportunidad, como lo señalaba el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo, que se solicitó la sustitución de esa medida de coerción personal, dado que la misma había pasado a ser “ilegítima”, pero que el referido juzgado de control la negó, lo que, a juicio de la parte accionante, era vulneratorio de los derechos al debido proceso y a la libertad personal.

Dispositiva

Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONFIRMA PARCIALMENTE, la decisión dictada, el 13 de agosto de 2002, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, que declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por defensor privado de la ciudadana Paola Andrea Cárdenas Villa. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al tribunal de origen.

Palabras clave

amparo constitucionaldebido procesolibertad personalprivación de libertadCódigo Orgánico Procesal PenalCorte de ApelacionesTáchira

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