Sentencia N° 2224 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de diciembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 2224, Exp. 05-1772, 08/12/2006
Expediente05-1772
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoHabeas Data
Fecha de la decisión2005-12-08
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de habeas data interpuesta por Oscar Alfredo Bolívar Aular, quien solicitó la eliminación de datos de su persona en el Sistema de Información Policial. La Sala declaró inadmisible la acción debido a la falta de claridad en la solicitud presentada, indicando que el accionante debía presentar un escrito coherente y fundamentado para su estudio. Además, se ordenó el desglose de las actuaciones contenidas en el expediente para su remisión al tribunal de origen.

Extracto de la motiva

Procede esta Sala a pronunciarse acerca de su competencia para conocer de la presente acción, vista la declinatoria de competencia que realizó el Tribunal Trigésimo Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. En tal sentido, del escueto escrito presentado por el accionante se desprende que la acción intentada por éste consiste en una de habeas data, toda vez que solicitó la exclusión de unos datos contenidos tanto en la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería como en el Sistema de Información Policial del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, por lo que de conformidad con los criterios asentados en sentencias del 23 de agosto de 2000 (caso: Ruth Capriles y otros); y 14 de marzo de 2001 (caso: INSACA), en las cuales se determinó la competencia para conocer de las referidas acciones a la luz de los principios, y preceptos consagrados en el Texto Fundamental y, ante la ausencia de ley que regule la materia, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia es competente para conocer de la misma; y así se declara.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara: Primero.- COMPETENTE para conocer de la acción de habeas data declinada por el Tribunal Trigésimo Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Segundo.- INADMISIBLE la acción de habeas data interpuesta por el ciudadano Oscar Alfredo Bolívar Aular, el 13 de junio de 2005, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Tercero.- Se ORDENA el desglose de las actuaciones contenidas en el expediente Nº 05-1772, desde el folio número uno (1) hasta el folio ciento cincuenta y cuatro (154), para su remisión al Tribunal Trigésimo Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas-. Publíquese, regístrese y remítase las aludidas actas al tribunal de origen. Archívese el expediente.

Palabras clave

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