Sentencia N° 2223 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de agosto de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 2223, Exp. 03-0117, 15/08/2003
Expediente03-0117
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-08-15
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Rafael Menjibar Castellano en defensa de varios ciudadanos. La acción fue presentada contra una decisión del Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia de Control que declaró sin lugar la solicitud de nulidad del registro domiciliario y estableció un plazo para la presentación de acto conclusivo por parte del Ministerio Público. La Sala consideró que la acción de amparo era inadmisible debido a que no se habían agotado los recursos ordinarios previos.

Extracto de la motiva

En atención a la reiterada y pacífica jurisprudencia establecida por esta Sala, la acción de amparo constitucional procede contra todo acto, hecho u omisión que hayan violado, violen o amenacen violar cualquiera de las garantías o derechos amparados por la Constitución y leyes de la República, o los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos por Venezuela, cuando no exista un medio procesal breve, sumario y eficaz acorde con la protección constitucional invocada. El abogado Rafael Menjibar Castellano, en su condición de defensor de los ciudadanos Willian Moya Hernández, José Jesús Sandoval Manchego, Jorge Eliécer Villamizar Lemus y Jóvito Villamizar Lemus, impugnó en amparo que la decisión dictada por el Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 19 de diciembre de 2002, que declaró sin lugar la solicitud de nulidad absoluta del registro domiciliario; estableció como “fecha tope” el 22-12-02, para que el Ministerio Público presentara acto conclusivo; y, declaró improcedente la solicitud de examen y revisión de medida cautelar a favor de los mencionados ciudadanos, vulneró los derechos constitucionales a sus defendidos consagrados en los artículos 44, 47 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Visto desde esta perspectiva, la Sala considera que la citada acción de amparo se encuentra incursa prima facie, en la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por lo que, en el presente caso reitera el criterio establecido en la sentencia nº 963/2001 del 5 de junio, recaída en el caso: José Angel Guía y otros, en la cual esta Sala dejó sentado lo siguiente: “En consecuencia, es criterio de esta Sala, formado al hilo de los razonamientos precedentes, que la acción de amparo constitucional, opera en su tarea específica de encausar las demandas contra actos, actuaciones, omisiones o abstenciones lesivas de derechos constitucionales, bajo las siguientes condiciones: a) Una vez que los medios judiciales ordinarios han sido agotados y la situación jurídico constitucional no ha sido satisfecha; o b) Ante la evidencia de que el uso de los medios judiciales ordinarios, en el caso concreto y en virtud de su urgencia, no dará satisfacción a la pretensión deducida.

Dispositiva

Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CONFIRMA la sentencia dictada por la Sala nº 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas; y, en consecuencia, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, interpuesta por el abogado Rafael Menjibar Castellano, en su carácter de defensor de los ciudadanos WILLIAN MOYA HERNÁNDEZ, JOSÉ JESÚS SANDOVAL MANCHEGO, JORGE ELIÉCER VILLAMIZAR LEMUS y JÓVITO VILLAMIZAR LEMUS, contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia de Control del mismo Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Palabras clave

amparo constitucionalderechos fundamentalesinviolabilidad del domiciliodebido procesonulidad de actomedida cautelarjurisprudenciaCorte de Apelaciones

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca