Sentencia N° 2215 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de diciembre de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 2215, Exp. 06-1521, 07/12/2006
Expediente06-1521
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2006-12-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia N° 0911 dictada el 2 de junio de 2006 por la Sala de Casación Social, que declaró inadmisible un recurso de casación. El abogado Justo Morao Rosas, en representación de Simón Jacobo García, argumentó que la decisión violaba derechos constitucionales al no considerar la cuantía de la demanda en el momento de su admisión. La Sala concluyó que la decisión impugnada contradecía principios de seguridad jurídica y tutela judicial efectiva, por lo que se declaró con lugar la solicitud de revisión y se anuló el fallo anterior.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, al revisar la sentencia N° 0911, consideró que la decisión de la Sala de Casación Social de declarar inadmisible el recurso de casación por no cumplir con la cuantía exigida, contradecía el principio de la perpetuatio jurisdictionis. Se argumentó que la cuantía necesaria para acceder a casación debe ser la que existía al momento de la presentación de la demanda, y no la que se estableció posteriormente. La Sala destacó que la modificación de la cuantía no puede afectar el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva, ya que los litigantes no pueden prever cambios en la legislación que impacten su capacidad de acceder a la justicia. En consecuencia, se ordenó a la Sala de Casación Social pronunciarse nuevamente sobre el recurso de hecho, considerando la cuantía vigente al momento de la admisión de la demanda.

Dispositiva

Con fundamento en los señalamientos que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre la República, por autoridad de la Ley, declara: HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta por el apoderado judicial del ciudadano Simón Jacobo García, contra la sentencia dictada el 2 de junio de 2006, por la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia, y, en consecuencia, se declara NULO dicho fallo, y se le ORDENA a la mencionada Sala, se pronuncie nuevamente sobre el recurso de casación ejercido por la parte solicitante, en el juicio que por cobro de prestaciones sociales incoó contra Toyoval, C.A.

Palabras clave

revisión constitucionalrecurso de casacióntutela judicial efectivacuantíaderecho a la defensaseguridad jurídicalaboral

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