Sentencia N° 2211 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de septiembre de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 2211, Exp. 03-2089, 21/09/2004
Expediente03-2089
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-09-21
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 21 de septiembre de 2004, confirma la sentencia del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores del Estado Bolívar, que declaró sin lugar la acción de amparo interpuesta por Mohamed Abdallah Saheli Hoeije. La acción de amparo fue presentada en contra de decisiones del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario, alegando violaciones a derechos constitucionales como el debido proceso y la defensa.
Extracto de la motiva
La presente solicitud de amparo constitucional presentada por el ciudadano MOHAMED ABDALLAH SAHELI HOJEIJE, asistido por el abogado JOSÉ E. VALECILLOS CARILLO, identificado ut supra, gravita en torno al argumento de que, en el juicio de desalojo signado en el tribunal presunto agraviante, quien conoce como alzada del Juzgado Tercero del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con el Nro. 13.196, que sigue contra el ciudadano Andrés Velásquez, se le habría conculcado su derecho a una tutela jurídica efectiva, por cuanto la motivación de la juez a cargo del tribunal presunto agraviante, resulta exigua e incongruente al núcleo de la pretensión, por cuanto hubo menoscabo del derecho a la defensa, cuando en decisión de fecha 28 de abril de 2003, omitió resolver la apelación como incidente del levantamiento de las medidas, como lo infiere el artículo 894 del Código de Procedimiento Civil, infringiendo de tal modo los artículos 15, 206 y 208 del citado texto legal; solicitando al respecto, la parte presunto (sic) agraviada se proceda a anular las actuaciones y la sentencia objeto de dicha impugnación, y se sentencie conforme a un juicio justo y equitativo, y se reponga la causa al estado de que se pueda hacer la defensa en la apelación objeto de la suspensión de la medida ejecutiva de desalojo.
Dispositiva
CONFIRMA la sentencia dictada el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, el 18 de julio de 2003, que declaró sin lugar la acción de amparo interpuesta por el ciudadano MOHAMED ABDALLAH SAHELI HOJEIJE contra actuaciones del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Palabras clave
amparoderecho a la defensadebido procesotutela jurídica efectivaCódigo de Procedimiento Civilsentenciajuzgadoacción de amparo