Sentencia N° 221 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de junio de 2021

TSJ/SC, Sent. N° 0221, Exp. 21-0026, 03/06/2021
Expediente21-0026
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2021-06-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 3 de junio de 2021, se pronunció sobre la solicitud de revisión interpuesta por Nancy Carolina Vázquez Hernández, presidenta de Aquamater Maternidad Consciente, C.A., contra la sentencia N° 590 de la Sala de Casación Civil. La Sala acordó la medida cautelar de suspensión de los efectos de la sentencia impugnada, argumentando la necesidad de proteger los derechos constitucionales de la solicitante mientras se resuelve el fondo de la controversia. Se ordenó al Juzgado Undécimo de Primera Instancia remitir el expediente del juicio por desalojo para su revisión.

Extracto de la motiva

motivación, la decisión del a quo [Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas] que declaró parcialmente con lugar la demanda” (corchetes añadidos por esta Sala), en el juicio por desalojo, incoado por la sociedad mercantil Operadora Inmobiliaria Presty House, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Séptimo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, el día 15 de mayo de 2000, bajo el N° 61, tomo 101- A-VII, representada judicialmente por los abogados Raimundo Orta Poleo, Raymond Orta Martínez, Roberto Orta Martínez, Carlos Alberto Calanche Bogado, Indira Moros Restrepo, María de los Ángeles Pérez Núñez, Irene Victoria Morillo López, Luis Eliécer Janser García y Daniel Caetano Alemparte, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 7.982, 40.518, 63.275, 105.148, 110.298, 119.895, 115.754, 28.551 y 224.821, respectivamente, contra la solicitante. El 12 de febrero de 2021, se dio cuenta en Sala y se designó ponente al Magistrado Luis Fernando Damiani Bustillos. Realizado el estudio individual de las actas que conforman el presente expediente, esta Sala Constitucional pasa a decidir previas las siguientes IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 1 de 43 consideraciones. I DE LA SOLICITUD DE REVISIÓN Los abogados accionantes, fundamentaron su solicitud en los siguientes términos: La primera denuncia se refirió a “1.- De la subversión del procedimiento por inaplicación de la legislación destinada a la regulación de la relación jurídica sustancial y resolución de la controversia subjetiva de intereses que derivó en ella”. Que “la tramitación y resolución de la causa fue erróneamente fundada en la aplicación del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Arrendamiento Inmobiliario (1999), en lugar, como es criterio de esta Sala Constitucional y de la misma Sala de Casación Civil del Tribunal Supre

Dispositiva

Se declara COMPETENTE para conocer de la solicitud de revisión constitucional interpuesta por la ciudadana NANCY CAROLINA VÁZQUEZ HERNÁNDEZ, con el carácter de presidenta de la sociedad mercantil AQUAMATER MATERNIDAD CONSCIENTE, C.A., asistida por el abogado Juan Carlos Castro, ya identificados, en contra de la sentencia N° 590 dictada por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia el 13 de diciembre de 2019. Se ACUERDA MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS de la sentencia N° 590 dictada por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia el 13 de diciembre de 2019, con carácter temporal, hasta tanto se resuelva el fondo de la controversia planteada.

Palabras clave

arrendamientodesalojodebido procesojurisdicciónnulidadmotivaciónsubversión procesal

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