Sentencia N° 2205 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de septiembre de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 2205, Exp. 02-0265, 17/09/2002
Expediente02-0265
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2002-09-17
DecisiónQUE NO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad interpuesto por el Estado Carabobo contra el Decreto-Ley n° 1.436 que establece la Ley General de Puertos. La Sala analizó la solicitud de amparo cautelar y determinó que no se presentaron elementos que justificaran la suspensión de la aplicación de las normas impugnadas, considerando que no existía un perjuicio irreparable que afectara el interés nacional.
Extracto de la motiva
Respecto a las medidas cautelares solicitadas, y luego del análisis de los alegatos esgrimidos por la parte actora en este juicio, la Sala considera que no habiéndose aportado elementos de tal gravedad que permitan presumir la existencia de un perjuicio irreparable o de una situación de difícil o imposible restablecimiento, la suspensión cautelar de normas de carácter general –en este caso contenidas en la Ley General de Puertos– pudiera afectar el interés nacional que las mismas persiguen; en consecuencia, y en ejercicio de su prudente arbitrio conforme al artículo 3 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, acuerda que no ha lugar a la suspensión de la aplicación de los artículos impugnados por inconstitucionalidad e ilegalidad del Decreto con Rango y Fuerza de Ley n° 1.436, del 30 de agosto de 2001, mediante el cual se dictó la Ley General de Puertos, y así se decide.
Dispositiva
Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara QUE NO HA LUGAR a la solicitud de suspensión como medida cautelar de la aplicación de los artículos 42, 43, 45, 46, 47, 51, 54, 57, 59 y 108 de la Ley General de Puertos, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela 37.292 del 27 de septiembre de 2001, hecha en el juicio de nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad pendiente de decisión.
Palabras clave
nulidadinconstitucionalidadLey General de Puertosamparo cautelardebido procesoparticipaciónseguridad jurídicainterés nacional