Sentencia N° 2204 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de diciembre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 2204, Exp. 06-1195, 07/12/2006
Expediente06-1195
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-12-07
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a una acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Carlos Alberto La Cruz Alastre, actuando en defensa de Roberth Lorenzo Díaz, revoca la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible la acción de amparo. La Corte de Apelaciones había argumentado que el Juzgado Primero de Control se pronunció sobre la excepción alegada, pero la Sala Constitucional determina que no consta en actas dicha resolución, lo que justifica la admisión del amparo.
Extracto de la motiva
En el presente caso el abogado Carlos Alberto La Cruz Lastre, defensor del ciudadano Roberth Lorenzo Díaz, interpuso acción de amparo constitucional contra la omisión de pronunciamiento atribuida al Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, respecto a una excepción opuesta por la defensa del hoy accionante en la oportunidad prevista en el artículo 328 del Código Orgánico Procesal Penal, referida, a su juicio, a la acción promovida ilegalmente por incumplimiento de los requisitos de procedibilidad para intentarla, por la falta de requisitos formales para intentar la acusación fiscal. A tal efecto, sostuvo la parte actora que el referido Tribunal de Control le cercenó los derechos a la defensa, a la tutela judicial efectiva y al debido proceso de su defendido, toda vez que no se emitió pronunciamiento sobre la excepción que opuso para ser resuelta en la oportunidad de la celebración de la audiencia preliminar, al no señalar los fundamentos de hecho y de derecho en que se basó para declararla “inadmisible”, incumpliendo con ello la obligación de motivar una decisión impuesta por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Código Orgánico Procesal Penal.
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta contra la decisión dictada, el 14 de julio de 2006, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, ejercida por el abogado Carlos Alberto La Cruz Alastre, actuando como defensor del ciudadano ROBERTH LORENZO DÍAZ. SEGUNDO: REVOCA la decisión dictada, el 14 de julio de 2006 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta, de conformidad con lo señalado en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, contra una omisión de pronunciamiento que le atribuyó al Juzgado Primero de Control del mismo Circuito Judicial Penal. TERCERO: REPONE la presente causa al estado de que la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, constituida con jueces accidentales, decida nuevamente sobre la admisibilidad de la acción de amparo.
Palabras clave
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