Sentencia N° 22 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de febrero de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 22, Exp. 16-1101, 23/02/2017
Expediente16-1101
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2017-02-23
DecisiónINCOMPETENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se declara incompetente para conocer la solicitud de interpretación del artículo 6 de la Ley que Autoriza al Ejecutivo Nacional para Proceder a la Supresión del Instituto Nacional de Obras Sanitarias, presentada por el abogado Luis Eduardo Amestica en representación de la Federación Nacional de Jubilados y Pensionados del extinto INOS. La Sala determina que la competencia corresponde a la Sala Político Administrativa, dado que la norma cuya interpretación se solicita regula el pago de jubilaciones y pensiones, materia afín a dicha Sala. La decisión se fundamenta en la interpretación de las atribuciones de la Sala Constitucional y la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que establece que la interpretación de normas de rango legal no compete a esta Sala, sino a las Salas que tengan relación con la materia. En consecuencia, se declina el conocimiento del caso a la Sala Político Administrativa, ordenando la remisión de los autos correspondientes. La sentencia fue firmada y sellada el 23 de febrero de 2017, y se publica y registra conforme a lo ordenado.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la solicitud de interpretación interpuesta por el abogado Luis Eduardo Amestica, inscrito ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 47.117, actuando en su carácter de apoderado judicial de la FEDERACIÓN NACIONAL DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DEL EXTINTO INSTITUTO NACIONAL DE OBRAS SANITARIAS (INOS), del artículo 6 de la Ley que Autoriza al Ejecutivo Nacional para Proceder a la Supresión del Instituto Nacional de Obras Sanitarias, publicada en la Gaceta Oficial N° 4.635 Extraordinario de fecha 28 de septiembre de 1993, y, en consecuencia, DECLINA su conocimiento en la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia a la cual se ORDENA remitir los autos.

Palabras clave

competenciainterpretacionjubilacionespensionesinstitutoadministracionderechos

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