Sentencia N° 2198 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de diciembre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 2198, Exp. 06-1049, 07/12/2006
Expediente06-1049
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2006-12-07
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por HOTELES DORAL C.A. contra una decisión del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de Anzoátegui. La acción fue considerada inadmisible debido a que el demandante tenía otros recursos judiciales disponibles, específicamente el recurso de casación, que no fueron utilizados antes de recurrir al amparo constitucional.
Extracto de la motiva
La Sala observa que en el presente caso se denuncia como lesivo a los derechos constitucionales de la demandante, el fallo dictado por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, que declaró con lugar la apelación interpuesta por la apoderada Judicial de la ciudadana ANDREINA YASMIRA CABALLERO MERENTES, parte demandante, contra el auto proferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la referida Circunscripción Judicial, el 15 de febrero de 2006, mediante el cual dicho Tribunal negó por improcedente la medida cautelar innominada solicitada, de suspensión provisional de los efectos que se derivan de las asambleas objeto de la acción por nulidad de asambleas incoada por la parte apelante contra la Junta de Condominio del DORAL BEACH, TENNIS & GOLF CLUB.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el representante judicial de HOTELES DORAL C.A., “empresa administradora del CONDOMINIO del DORAL BEACH VILLAS, TENNIS & GOLF CLUB…” contra la decisión del 6 de junio de 2006, emitida por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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