Sentencia N° 2194 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de noviembre de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 2194, Exp. 07-1289, 22/11/2007
Expediente07-1289
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2007-11-22
DecisiónImpropone

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad interpuesto contra un acto del Ejecutivo Nacional relacionado con un proyecto de reforma constitucional. La Sala declaró improponible el recurso, argumentando que el acto impugnado no era un acto definitivo, sino parte de un proceso complejo que culmina con la ratificación referendaria. Además, se destacó que el contenido del proyecto había sido modificado por la Asamblea Nacional, lo que hacía que las denuncias de inconstitucionalidad no pudieran ser resueltas en ese momento.

Extracto de la motiva

La motivación de la decisión se centra en la naturaleza del acto impugnado, el cual fue presentado como un proyecto de reforma constitucional por el Presidente de la República. La Sala enfatiza que, aunque el acto es controlable, no puede ser impugnado de manera inmediata ya que forma parte de un proceso que incluye la discusión y aprobación por parte de la Asamblea Nacional. Se argumenta que el control jurisdiccional debe ejercerse sobre actos definitivos y no sobre actos intermedios de un proceso legislativo. La Sala también menciona que la modificación del proyecto por parte de la Asamblea Nacional cambia las circunstancias del caso, haciendo que la acción de nulidad sea improponible.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República, por autoridad de la ley, se declara IMPROPONIBLE el recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada, por los ciudadanos HERMANN ESCARRÁ MALAVÉ, HÉLEN TORREALBA DE FERNÁNDEZ, OSCAR PÉREZ, ANTONIO LEDEZMA, IVÁN BALLESTERO, ÍTALO LUONGO, ELIZABETH LAIRET y MARÍA VALERO, asistidos por los abogados María Soledad Sarria Pietri y Reinaldo Fernando Freites Gámez, ya identificados, contra el acto del Ejecutivo Nacional, distinguido con el Nº MPPDP-DGSCM-0716 de fecha 15 de agosto de 2007, concerniente al denominado Proyecto de Reforma de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Palabras clave

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