Sentencia N° 2193 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de septiembre de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 2193, Exp. 04-2097, 17/09/2004
Expediente04-2097
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-09-17
DecisiónINCOMPETENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se declaró incompetente para conocer de la consulta de la decisión del Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo en relación a la acción de amparo constitucional interpuesta por José del Carmen Sánchez. La Sala declinó el conocimiento del caso a la Corte de lo Contencioso Administrativo correspondiente, argumentando que la competencia para conocer de estas acciones corresponde a dicha Corte, según el sistema de distribución establecido.
Extracto de la motiva
Visto que mediante oficio No. 04-634 del 28 de julio de 2004, el Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital remitió a esta Sala expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSÉ DEL CARMEN SÁNCHEZ, titular de las cédula de identidad número 9.355.970, asistido por los abogados Pedro Longares Monrroy, Gabriel Castro Anzola y Alejandro Rodríguez Ferrara, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 29.613, 72.320 y 25.422, contra la presunta omisión que atribuye a la empresa C.A. Seguridad Jos, a dar cumplimiento a la providencia administrativa N° 284-03 del 12 de noviembre de 2003 que dictó la Inspectoría del Trabajo del Municipio Libertador del Distrito Capital Distrito Capital que ordenó el reenganche y pago de salarios caídos del accionante. Visto que dicha remisión obedece a la consulta de la decisión que dictó el 12 de julio de 2004 el Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital mediante la cual declaró procedente la acción de amparo que se intentó.
Dispositiva
1) Se declara INCOMPETENTE para conocer de consulta de la decisión que dictó el Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital el 12 de julio de 2004, con ocasión de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSÉ DEL CARMEN SÁNCHEZ, asistido por los abogados Pedro Longares Monrroy, Gabriel Castro Anzola y Alejandro Rodríguez Ferrara, contra la presunta omisión que atribuye a la empresa C.A. Seguridad Jos, a dar cumplimiento a la providencia administrativa N° 284-03 del 12 de noviembre de 2003 que dictó la Inspectoría del Trabajo del Municipio Libertador del Distrito Capital Distrito Capital que ordenó el reenganche y pago de salarios caídos del accionante. 2) DECLINA el conocimiento de la presente causa en la Corte de lo Contencioso Administrativo, que según el sistema de distribución corresponda.
Palabras clave
amparo constitucionalincompetenciajuzgado superiorcontencioso administrativoderechos laboralessalarios caídosreengancheprovidencia administrativa