Sentencia N° 2192 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de septiembre de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 2192, Exp. 04-1344, 16/09/2004
Expediente04-1344
PonenteIVÁN RINCÓN URDANETA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-09-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en el marco de un amparo constitucional solicitado por Rafael Alirio Mendoza contra el Taller Artesanal Rosa Castillo por la inejecución de una providencia administrativa. La Sala decidió remitir el expediente a la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo para que resuelva la consulta planteada por el Juzgado Superior. La decisión se fundamenta en la inusual circunstancia de la inaccesibilidad temporal de la Corte, lo que llevó a la Sala a actuar de forma excepcional.

Extracto de la motiva

Visto que mediante oficio n° 684 del 28 de abril de 2004, el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental remitió a esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, el expediente n° 04-8028, de la nomenclatura de dicho Juzgado, contentivo del amparo constitucional incoado por el ciudadano RAFAEL ALIRIO MENDOZA, titular de la cédula de identidad n° 13.868.623, asistido por la abogada Shirley Mar Briceño, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n° 84.974, en su carácter de Procuradora Especial de Trabajadores del Estado Lara, contra el Taller Artesanal Rosa Castillo, no identificado en autos, por la presunta inejecución de la Providencia Administrativa n° 82, dictada por la Inspectoría del Trabajo del prenombrado Estado, el 25 de abril de 2002, en la que se declaró con lugar la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos. Visto que dicha remisión se hizo de conformidad con el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en razón de la consulta ordenada por el tribunal remitente, de su fallo dictado, el 16 de diciembre de 2003, que declaró con lugar la tutela constitucional invocada.

Dispositiva

ORDENA remitir el expediente a la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo para que resuelva la referida consulta. Así se decide. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo constitucionalinejecuciónprovidencia administrativareenganchesalarios caídosconsultaCorte Primeracompetencia

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