Sentencia N° 2191 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de septiembre de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 2191, Exp. 03-1767, 16/09/2004
Expediente03-1767
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2004-09-16
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por Freddy Eduardo Reyes Alvarado contra actuaciones del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Menores, Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral del Estado Aragua. El accionante alegó violaciones al debido proceso y la falta de notificación en su caso, pero no presentó las copias necesarias de las actuaciones y decisiones impugnadas, lo que llevó a la inadmisibilidad de su solicitud.
Extracto de la motiva
Siendo ello así y, como toda carga procesal, su incumplimiento acarrea una situación desfavorable para aquél sobre quien recae la misma, al no haber consignado ningún tipo de copia de las actuaciones y de la sentencia accionada es por lo que en el presente caso esta Sala debe declarar la inadmisibilidad de la acción. Así se decide.
Dispositiva
Con base en los razonamientos expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por el abogado FREDDY EDUARDO REYES ALVARADO, actuando en su nombre, contra “actuaciones y omisiones (sic)” del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Menores, Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.