Sentencia N° 219 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de febrero de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 219, Exp. 00-0036, 18/02/2003
Expediente00-0036
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-02-18
DecisiónTerminado el procedimiento, por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por Serenella Salvato de Zarrillo contra una sentencia del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo. La Sala consideró que la parte actora había abandonado el trámite al no realizar actos procesales durante más de seis meses, lo que llevó a declarar terminado el procedimiento. Además, se impuso una multa a la parte actora por entorpecer las labores del tribunal.
Extracto de la motiva
De conformidad con lo expuesto, la Sala considera que la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y, con ello, la extinción de la instancia. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la demanda de amparo interpuesta por la ciudadana SERENELLA SALVATO DE ZARRILLO, contra la sentencia del 22 de julio de 1999, dictada por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se IMPONE a la parte actora una multa por la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,ºº), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en las oficinas del Banco Central de Venezuela.