Sentencia N° 2189 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de septiembre de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 2189, Exp. 03-2767, 16/09/2004
Expediente03-2767
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-09-16
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Tulio Alberto Álvarez en representación de María Melo Solorzano contra la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. La decisión se basa en que ha cesado la violación de los derechos denunciados, dado que se han designado jueces provisionales para la Corte Primera, lo que elimina la inaccesibilidad previamente alegada por el demandante.

Extracto de la motiva

De modo preliminar, debe esta Sala Constitucional pronunciarse acerca de su competencia para conocer de la presente acción de amparo y, al respecto, observa que la misma se ha ejercido contra la 'conducta omisiva' de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, al no dar despacho e impedir al apoderado actor interponer ante dicha instancia judicial un amparo constitucional contra la decisión dictada el 21 de octubre de 2003, por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital. El artículo 5.20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia dispone que esta Sala es competente para '(c)onocer las acciones autónomas de amparo constitucional contra las sentencias en última instancia dictadas por los Tribunales Contencioso Administrativos, cuando su conocimiento no estuviere atribuido a otro tribunal'. Ahora bien, dicha disposición no establece expresamente que se trate de sentencias de la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo, aun cuando pudiera entenderse a ésta incluida por ser un tribunal con competencia en la materia contencioso-administrativa, así como tampoco regula lo relativo a las omisiones cuando provenga de los Tribunales a que hace referencia.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE, sobrevenidamente, la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado TULIO ALBERTO ÁLVAREZ, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA MELO SOLORZANO, contra la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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