Sentencia N° 2188 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de julio de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 2188, Exp. 04-1354, 29/07/2005
Expediente04-1354
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-07-29
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un amparo constitucional solicitado por Teodoro Salcedo Vivas, quien alegó violaciones a sus derechos a la igualdad, debido proceso, defensa y presunción de inocencia. La Corte de Apelaciones había declarado parcialmente con lugar la demanda, ordenando la revisión de la medida privativa de libertad impuesta. La Sala Constitucional confirmó esta decisión, argumentando que la juez de control no valoró adecuadamente la nueva declaración de la víctima, lo que afectó el derecho de defensa del imputado.
Extracto de la motiva
El defensor del imputado Teodoro Salcedo Vivas denunció la violación a los derechos de su representado a la igualdad de las partes, al debido proceso, a la defensa y a la presunción de inocencia que establecen los artículos 21 y 49 de la Constitución de la República, que supuestamente fueron vulnerados por la decisión que pronunció, el 28 de abril de 2004, la Juez Séptima de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, mediante la cual ratificó la medida privativa de libertad que pesaba sobre el referido imputado. La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira declaró parcialmente con lugar la demanda de amparo que incoó la defensa del aquí quejoso, pues consideró que la Juez Séptima de Control de ese Circuito Judicial Penal lesionó '…el derecho de defensa del imputado directamente, al menoscabarse de hecho o fácticamente su derecho a la igualdad procesal y consecuencialmente ver afectado el principio de presunción de inocencia y su derecho a ser juzgado en libertad, ya sea plena o condicionada a restricciones legales procedentes', cuando omitió la verificación, con ocasión de la solicitud de revisión formulada por la defensa de si, efectivamente, habían variado las circunstancias originales por las cuales se estimó procedente decretarle medida de privación de libertad. Estimó la primera instancia constitucional que la decisión objeto de impugnación '…violentó innegablemente el derecho de defensa del imputado, de allí que se desprende de las pruebas acompañadas, específicamente del acta de audiencia celebrada en fecha 28 de abril del 2004, por ante el juzgado de la causa, que la juez se limitó a tomar en consideración la decisión de la Corte y no aquella segunda declaración de la víctima que aunque no constaba en autos, fue hecha por la víctima en la misma audiencia, delante de ella'.
Dispositiva
CONFIRMA la decisión de 12 de mayo de 2004, de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, que declaró parcialmente con lugar la demanda de amparo que interpuso la defensa del imputado Teodoro Salcedo Vivas contra el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en funciones de control del mismo Circuito Judicial Penal.
Palabras clave
amparo constitucionalderecho a la defensapresunción de inocenciamedida cautelarCorte de ApelacionesTáchirajuez de controlderechos fundamentales