Sentencia N° 2186 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de septiembre de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 2186, Exp. 04-1464, 16/09/2004
Expediente04-1464
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-09-16
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Gustavo Adolfo Blanco París y Aline Hollstein Roldan en representación de Carolina Lourdes Salazar Jiménez. La decisión se fundamentó en la falta de agotamiento de las vías judiciales ordinarias, ya que la parte actora no había recurrido a los recursos disponibles en el proceso penal previo.
Extracto de la motiva
La acción de amparo constitucional está concebida como una protección de derechos y garantías constitucionales, por lo que el ejercicio de la acción está reservado para restablecer situaciones que provengan de las violaciones de tales derechos y garantías. No se trata de una nueva instancia judicial, ni de la sustitución de medios ordinarios para la tutela de derechos o intereses, se trata de una reafirmación de valores constitucionales, en la cual el juez puede pronunciarse acerca del contenido o aplicación de las normas que desarrollan tales derechos, revisar su interpretación o establecer si los hechos de los que se deducen las violaciones invocadas constituyen una violación directa de la Constitución.
Dispositiva
CONFIRMA en los términos expuestos la decisión del 18 de mayo de 2004, dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, mediante la cual declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por los abogados Gustavo Adolfo Blanco París y Aline Hollstein Roldan, en su carácter de defensores de la ciudadana CAROLINA LOURDES SALAZAR JIMÉNEZ, contra la decisión del 1 de abril de 2004 que dictó el Juzgado Quinto en función de Control del referido Circuito Judicial Penal.
Palabras clave
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