Sentencia N° 2184 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de septiembre de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 2184, Exp. 03-2440, 16/09/2004
Expediente03-2440
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-09-16
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por el abogado Cesar Augusto Contreras Sequera, en representación del Banco Caroni C.A. Banco Universal, contra una decisión del Juzgado Superior Octavo en lo Civil y Mercantil Bancario. La acción se fundamentó en la supuesta violación del derecho a la tutela judicial efectiva y al debido proceso, tras la suspensión del remate de un inmueble en un juicio de ejecución hipotecaria. La Sala argumenta que la acción de amparo carece de utilidad, ya que la posible lesión a los derechos constitucionales del accionante cesó al emitirse un pronunciamiento que daba continuidad al remate del inmueble. Se cita el artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, que establece que no se admitirá la acción de amparo cuando hayan cesado la violación o amenaza de derechos o garantías constitucionales. Finalmente, se concluye que la acción de amparo es inadmisible, dado que la lesión antijurídica fue subsanada, y se ordena el archivo del expediente.

Extracto de la motiva

Observa esta Sala que el objeto de la presente acción de amparo lo constituye la impugnación de la decisión dictada el 10 de septiembre de 2003, por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en Caracas, mediante la cual, al conocer de la incidencia surgida con ocasión a la apelación incoada por los demandantes en el juicio principal contra la decisión del 14 de julio de 2003, por la cual el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en Caracas declaró extemporánea la impugnación del informe pericial, declarando firme el justiprecio del inmueble objeto de la ejecución de hipoteca; el referido Juzgado Superior decidió suspender el acto de remate hasta tanto decidiera la referida apelación, lo que a juicio de la parte actora constituyó una dilación indebida y una vulneración al debido proceso. Ahora bien, observa esta Sala que la parte actora trajo a los autos, copia de la decisión dictada por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil y Mercantil Bancario del 9 de octubre de 2003, mediante la cual declaró sin lugar la apelación propuesta contra la decisión del 14 de julio de 2003, dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en Caracas y además revocó la decisión impugnada en amparo constitucional dictada por el mencionado Juzgado Superior el 10 de septiembre de 2003. Así las cosas, siendo que lo pretendido por la acción de amparo era la impugnación de la decisión de suspensión del referido acto de remate hasta tanto el juzgado superior se pronunciare sobre la apelación interpuesta contra la decisión del juzgado de primera instancia que declaró extemporánea la impugnación del informe pericial que fijó el justiprecio del inmueble objeto del litigio, resulta evidente que la posible lesión a los derechos constitucionales del accionante ha cesado al emitirse el pronunciamiento por el cual esperaban se diera continuidad al remate del inmueble, independientemente de que el mismo sea adverso a sus intereses.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la acción de amparo interpuesta por el abogado Cesar Augusto Contreras Sequera, actuando en su carácter de apoderado judicial del BANCO CARONI C.A. BANCO UNIVERSAL., contra la decisión dictada el 10 de septiembre de 2003, por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en Caracas. Regístrese y publíquese. Archívese el expediente.

Palabras clave

amparo constitucionaltutela judicial efectivadebido procesoejecución hipotecariasuspensión de rematedecisión judicialinadmisiibilidad

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