Sentencia N° 2182 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de julio de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 2182, Exp. 03-0711, 29/07/2005
Expediente03-0711
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-07-29
DecisiónCONFIRMA la sentencia objeto de consulta

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirma la sentencia del Juzgado Superior que declaró la terminación del procedimiento de amparo constitucional interpuesto por DISTRIBUIDORA AUTOPARTES EL VICTORIANO C.A. La decisión se basa en la falta de comparecencia de la parte actora a la audiencia constitucional, lo que se considera un abandono del trámite. Además, se impone una multa de cinco mil bolívares a la parte actora por entorpecer las labores jurisdiccionales.

Extracto de la motiva

El Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Estabilidad Laboral y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, declaró la terminación del procedimiento de amparo constitucional, que incoó la representación judicial de Autopartes El Victoriano C.A. contra la decisión del 17 de septiembre de 2002, que dictó el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Estabilidad Laboral y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en La Victoria, con fundamento en jurisprudencia pacífica y reiterada de esta Sala, conforme a la cual, la falta de comparecencia de la parte actora a la audiencia constitucional constituye una forma de abandono del trámite y acarrea la sanción de terminación del procedimiento. Esa conducta pasiva de la parte actora, quien afirmó la necesidad de la tutela urgente y preferente del amparo constitucional fue calificada por esta Sala como abandono del trámite, en sentencia n.º 982, del 6 de junio de 2001, (caso: José Vicente Arenas Cáceres), en los siguientes términos: '..., la pérdida del interés puede sobrevenir en el curso del proceso. Es lo que ocurre cuando el actor desiste de su pretensión, caso en el cual se otorga autoridad de cosa juzgada al desistimiento y se declara la extinción del proceso.'

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, CONFIRMA la sentencia objeto de consulta del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Estabilidad Laboral y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, del 17 de febrero de 2003, que declaró la terminación del procedimiento de amparo constitucional que incoó DISTRIBUIDORA AUTOPARTES EL VICTORIANO C.A. y, en consecuencia, la extinción de la instancia. Se IMPONE a la parte actora una multa de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en las oficinas del Banco Central de Venezuela.

Palabras clave

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