Sentencia N° 2163 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de septiembre de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 2163, Exp. 03-2009, 14/09/2004
Expediente03-2009
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2004-09-14
DecisiónHomologa

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia homologó el desistimiento de la solicitud de nulidad por inconstitucionalidad presentada por el Defensor del Pueblo contra el artículo 12 de la Ordenanza sobre Organización y Funcionamiento del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Mariño del Estado Sucre. El desistimiento fue autorizado por el Defensor del Pueblo, quien consideró que la modificación del artículo impugnado satisfacía sus pretensiones procesales. La decisión se fundamenta en que el artículo 12 fue modificado por el Concejo Municipal, permitiendo que la elección de los representantes de las organizaciones vecinales sea competencia de la Asamblea de Ciudadanos de la Parroquia, garantizando así la participación del pueblo y la transparencia del proceso electoral. La Sala, al considerar que el desistimiento fue debidamente autorizado, decidió homologarlo. Finalmente, se ordenó la publicación y registro de la decisión, archivando el expediente correspondiente.

Extracto de la motiva

La Sala observa que, efectivamente, el Defensor del Pueblo autorizó al abogado Alejandro César Bastardo Ordaz, mediante oficio G-04-00100-2004 del 11 de febrero de 2004, a desistir de la acción incoada y que la pretensión planteada quedó satisfecha con la transcrita modificación. Luego, en aplicación del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, por así autorizarlo el artículo 19.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de la República Bolivariana de Venezuela, ha lugar a la homologación del desistimiento formulado. Así se decide.

Dispositiva

HOMOLOGA el desistimiento de la solicitud de nulidad por inconstitucionalidad intentada por el Defensor del Pueblo, ciudadano Germán José Mundaraín, junto con los abogados Luz Patricia Mejía Guerrero, Alberto Rossi Palencia, Alejandro Bastardo y Reinaldo Cabrera, contra el artículo 12 de la Ordenanza sobre Organización y Funcionamiento del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Mariño del Estado Sucre. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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