Sentencia N° 2161 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de diciembre de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 2161, Exp. 04-0081, 06/12/2006
Expediente04-0081
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoColision de Leyes
Fecha de la decisión2006-12-06
DecisiónDecaimiento del objeto

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara el decaimiento del objeto en el recurso de colisión de normas interpuesto por Ornoldo José Rodríguez, en representación de su hijo Vicente José Rodríguez y otros ciudadanos. La decisión se basa en que el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, que motivó el recurso, fue derogado por la Asamblea Nacional, lo que hace innecesario pronunciarse sobre la colisión con otros artículos del mismo código y de la Ley de Régimen Penitenciario. La Sala establece que, al haber perdido vigencia la norma en cuestión, el objeto de la controversia ha decaído.

Extracto de la motiva

Cumplidos los trámites procesales, esta Sala pasa a resolver el presente asunto y, a tal efecto, observa: La parte accionante presentó un escrito en el que, bajo la indicación de ser un recurso de interpretación, se hacían tres planteamientos diferentes e incluso inconciliables: denuncias de inconstitucionalidad, solicitud de interpretación de normas y planteamiento de una pretendida colisión de disposiciones de rango legal. La Sala, como se ha indicado, admitió el recurso por auto del 12 de mayo de 2004, pero con base en la real pretensión que se derivaba de la lectura del libelo: la colisión de normas. De esta manera, es evidente que el recurso es competencia de esta Sala, por cuanto el conocimiento de las denuncias de colisión de normas de rango legal le corresponde de conformidad con el numeral 8 del artículo 336 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, como lo desarrolla igualmente el numeral 14 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Ahora bien, como ya es jurisprudencia reiterada de esta Sala, su competencia en el caso del recurso de colisión consiste en determinar, con base en los principios generales del Derecho, cuál es la norma que debe prevalecer, partiendo de la premisa de que no puede haber disposiciones que conduzcan a soluciones contradictorias entre sí. Así pues, siempre ha establecido la Sala que la resolución de conflictos normativos es una actividad común a cualquier operador jurídico, pues todos están en la necesidad de precisar, ante eventuales colisiones, la norma que estiman aplicable, con la salvedad de que es el Máximo Tribunal el único con el poder suficiente para que su declaración tenga carácter obligatorio y, en consecuencia, deba ser seguida por todo aquél que, en un momento dado, se enfrente al dilema de aplicar una u otra norma.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara EL DECAIMIENTO DEL OBJETO en el recurso de colisión de normas interpuesto por el ciudadano Ornoldo José Rodríguez, en representación de su hijo Vicente José Rodríguez, conjuntamente con ciento noventa y cuatro ciudadanos recluidos en el Internado Judicial de Mérida, entre el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable ratione temporis, con lo señalado en el reformado artículo 501 eiusdem, y los entonces artículos 502 y 503 ibidem, así como con lo previsto en los artículos 65 y 67 de la Ley de Régimen Penitenciario.

Palabras clave

colision de normasderechos humanosCódigo Orgánico Procesal Penallibertad condicionalderecho a la igualdadreforma legislativasistema penitenciario

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca