Sentencia N° 2160 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de agosto de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 2160, Exp. 02-2609, 07/08/2003
Expediente02-2609
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2003-08-07
DecisiónCOMPETENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la declinatoria de competencia planteada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Estabilidad Laboral del Estado Trujillo, en relación a la acción de amparo interpuesta por Yajaira Coromoto Sequera Gómez. La Sala determinó que la competencia para conocer de la acción de amparo corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa, y designó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental como el órgano competente para decidir el caso.
Extracto de la motiva
La Sala advierte que la competencia para conocer de la presente acción de amparo corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa. Ahora bien, en atención al criterio establecido en sentencia nº 1555/2000 del 8 de diciembre, el órgano jurisdiccional competente es el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en la ciudad de Barquisimeto. En el referido fallo se indicó lo siguiente: 'Sin embargo, mientras no se dicten las leyes que regulen la jurisdicción constitucional o la contencioso-administrativa, y a pesar de la letra del artículo 7 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el conocimiento de los amparos autónomos afines con la materia administrativa, corresponderá en primera instancia a los Tribunales Superiores con competencia en lo Contencioso Administrativo, que tengan competencia territorial en el lugar donde ocurrieron las infracciones constitucionales, a pesar de que no se trate de jueces de primera instancia.'
Dispositiva
Por las razones que anteceden este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara COMPETENTE al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental, ubicado en la ciudad de Barquisimeto, en el Estado Lara, para conocer y decidir la acción de amparo interpuesta por la ciudadana Yajaira Coromoto Sequera Gómez, asistida por el abogado Rubén Darío Rondón Graterol, contra la ciudadana Iris Carmona de Liñán, en su condición de Directora Encargada del Registro Electoral del Estado Trujillo.
Palabras clave
amparocompetenciaderecho al trabajoconstitucionalinspectoría del trabajoreenganchesalarios caídos