Sentencia N° 2160 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de septiembre de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 2160, Exp. 02-0328, 05/09/2002
Expediente02-0328
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-09-05
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de una acción de amparo constitucional interpuesta por José Ramón Acosta Durán, en representación de José Del Carmen Morales y Tony Morales Rutman. La acción se dirigía contra la abstención del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Trabajo de impulsar el procedimiento de amparo. La Sala determinó que el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Trabajo, Menores y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua era el competente para conocer del caso, rechazando la declinatoria de competencia presentada por el Juzgado Superior en lo Civil.

Extracto de la motiva

La acción de amparo constitucional ejercida en la presente causa se interpone no contra la decisión o actuación de un Juzgado Superior en lo Civil, en cuyo caso correspondería a esta Sala conocer de dicha acción conforme lo viene estableciendo desde su decisión n° 1/2000, del 30 de enero, caso: Emery Mata Millán, sino contra la falta de actuación de un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, en vista de lo cual el competente para conocer de dicha acción es el Juzgado Superior en lo Civil de la Circunscripción Judicial en que se encuentra el órgano jurisdiccional presuntamente agraviante, de conformidad con lo establecido en la decisión antes referida.

Dispositiva

Por las razones de hecho y de derecho que anteceden este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLARA que el órgano jurisdiccional competente para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado José Ramón Acosta Durán, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos José Del Carmen Morales y Tony Morales Rutman, contra la abstención del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, es el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Trabajo, Menores y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; en consecuencia, se ORDENA la remisión del presente expediente al mencionado Tribunal, para que conozca y decida sobre la admisibilidad de la acción de amparo constitucional que da lugar al presente fallo.

Palabras clave

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