Sentencia N° 2151 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de julio de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 2151, Exp. 04-2910, 29/07/2005
Expediente04-2910
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-07-01
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible la demanda de amparo interpuesta por el abogado José Enrique Pernía Sánchez en nombre de Wilmer Antonio Zambrano Rodríguez. La Sala argumenta que el demandante contaba con medios ordinarios para impugnar la decisión del Juzgado Tercero de Juicio, lo que hace improcedente la acción de amparo. Se destaca que la violación a los derechos alegados no se encuentra presente en el caso, ya que el juez no impidió el ejercicio de los derechos a las partes.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el demandante en amparo denunció la violación a los derechos a la tutela judicial efectiva, a la defensa, al debido proceso y a la libertad, con fundamento en los artículos 26, 49 y 44 de la Constitución de la República, que supuestamente fueron vulnerados por el Juzgado Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, el cual, declaró sin lugar la solicitud de revocatoria de la medida privativa de libertad que obra en contra del imputado, -con ocasión del proceso que se le seguía por transporte ilícito de estupefacientes- aún cuando el mismo se encuentra privado de su libertad hace más de dos años, tiempo que excede del lapso que estableció el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal. La Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal declaró inadmisible la pretensión de amparo por cuanto el demandante en amparo contaba con el medio ordinario idóneo y eficaz para el valimiento de su pretensión, todo ello de conformidad con el artículo 6, cardinal 5, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, CONFIRMA la sentencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal Estado Vargas el 21 de octubre de 2004 que declaró inadmisible la demanda de amparo que interpuso el abogado Jesús Enrique Pernía Sánchez, en su carácter de defensor del ciudadano WILMER ANTONIO ZAMBRANO RODRÍGUEZ contra la decisión que expidió, el 27 de septiembre de 2004, Juzgado Tercero de Juicio de Juicio del referido Circuito Judicial Penal.