Sentencia N° 2148 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de diciembre de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 2148, Exp. 06-1266, 06/12/2006
Expediente06-1266
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-12-06
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional presentada por Napoleón Jesús Franco Maimone contra la decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. La acción fue fundamentada en la violación de derechos al debido proceso y a la defensa, pero se determinó que el expediente solo contenía una copia simple del fallo impugnado, lo cual no cumplía con los requisitos establecidos por la jurisprudencia. La Sala reafirma su competencia para conocer de acciones de amparo contra decisiones de tribunales contenciosos administrativos.

Extracto de la motiva

La presente acción de amparo fue presentada el 22 de septiembre de 2006, por el apoderado judicial del ciudadano Napoleón Jesús Franco contra la decisión dictada el 22 de febrero de 2006 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. A juicio del quejoso, la acción de amparo es ejercida por la violación de sus derechos a la defensa y al debido proceso, así como también incurre en “(…) incongruencia omisiva (…)”, que según su dicho, se han producido en el juicio contencioso-administrativo de ajuste de pensión de jubilación. Ahora bien, el a quo declaró desistida la apelación interpuesta de conformidad con la jurisprudencia de esta Sala, al no consignar dentro de los 15 días hábiles el escrito contentivo de las razones de hecho y de derecho, en los que fundamentó el recurso de apelación que prevé el artículo 19.18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. No obstante lo anterior, observa esta Sala que el presente expediente sólo consta del escrito libelar y de un escrito que aparentemente resulta ser la copia simple del fallo cuestionado. En consecuencia, y con fundamento en lo anteriormente expuesto esta Sala Constitucional declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara inadmisible la acción de amparo constitucional presentada por el apoderado judicial del ciudadano Napoleón Jesús Franco Maimone, titular de la cédula de identidad número 1.846.548, contra la decisión dictada el 22 de febrero de 2006, por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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