Sentencia N° 2146 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de diciembre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 2146, Exp. 04-1078, 06/12/2006
Expediente04-1078
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-12-06
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la ejecución de la sentencia N° 1453, dictada el 27 de julio de 2006, que ordenaba al Ministerio del Interior y Justicia girar instrucciones a las Medicaturas Forenses para la extracción de córneas de cadáveres. Se constató que el Ministerio no había cumplido con lo ordenado en el plazo establecido, lo que motivó la solicitud de cumplimiento voluntario por parte de los demandantes. La Sala, en atención a la normativa aplicable, ordenó al Ministerio cumplir con la sentencia en un nuevo plazo de diez días.
Extracto de la motiva
Como se desprende de las actas que conforman el presente expediente, la Sala Constitucional en la sentencia N° 1453 dictada el 27 de julio del presente año, declaró CON LUGAR la demanda que por intereses colectivos incoaron la FUNDACIÓN OFTAMOLÓGICA VENEZOLANA, la ASOCIACIÓN CIVIL BANCO DE OJOS DE CARACAS PARA TODA VENEZUELA, los ciudadanos ALEXIS LÓPEZ, CHEVANCE KERHAEMA GERARD y LOURDES FERNÁNDEZ DE FERNÁNDEZ, contra “…la omisión proveniente del Ministerio del Interior y Justicia”. En el dispositivo de dicha sentencia, se dispuso –entre otras cosas- lo siguiente: “…2.- En consecuencia, la Sala ORDENA al Ministerio del Interior y Justicia gire –en el término de treinta (30) días contados a partir de la publicación de este fallo- instrucciones a las Medicaturas Forenses del país, para que los Bancos de Ojos registrados o por registrarse ante el Ministerio de Salud y Desarrollo Social, puedan extraer -previa a la autopsia o durante ésta, y aún después- córneas de los cadáveres que se encuentren en las morgues, cuyos parientes lo autoricen por escrito, o de aquellos cadáveres cuyos parientes sean desconocidos, conforme al artículo 16 de la Ley sobre Transplante de Órganos y Materiales Anatómicos en Seres Humanos”.
Dispositiva
ORDENA al Ministerio del Interior y Justicia, que en un lapso distinto al previamente fijado en el número 2 del dispositivo de la sentencia Nº 1453 del 27 de julio de 2006, esto es de diez (10) días contados a partir del recibo del oficio que se ordena librar a tal efecto, de cumplimiento voluntario -conforme lo dispone el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil- a la sentencia N° 1453 antes indicada; en consecuencia, gire las instrucciones a las Medicaturas Forenses del país, en la forma señalada en el número 2 del dispositivo de dicha sentencia.
Palabras clave
ejecución de sentenciacórneasintereses colectivosMinisterio del InteriorLey sobre TransplanteMedicaturas Forensescumplimiento voluntario