Sentencia N° 2141 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de diciembre de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 2141, Exp. 25-1219, 12/12/2025
Expediente25-1219
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-12-12
DecisiónIncompetente

Resumen

El 4 de noviembre de 2025, el abogado Roger Alberto Cadenas Romero presentó una acción de amparo constitucional contra el Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia del estado Aragua, alegando omisión de pronunciamiento y violación de la tutela judicial efectiva. La Sala Constitucional del TSJ, tras analizar el caso, determinó que no era competente para conocer la acción, ya que debía ser tramitada por un Juzgado Agrario Superior de la misma circunscripción judicial.

Dispositiva

1.- Que es INCOMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado ROGER ALBERTO CADENAS ROMERO, ya identificado, actuando en su propio nombre y representación, contra el Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Turmero, por la presunta omisión de pronunciamiento y violación de la tutela judicial efectiva en el expediente identificado bajo el N° 2025-0756. 2.- DECLINA LA COMPETENCIA, para conocer la referida acción en el Juzgado Superior con competencia en materia Agraria para los estados Aragua y Carabobo con sede en Maracay y, se ordena remitir la presente causa.

Palabras clave

amparo constitucionaltutela judicial efectivacompetenciadecisiones judicialesderechos constitucionales

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