Sentencia N° 214 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de abril de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 214, Exp. 09-1245, 09/04/2010
Expediente09-1245
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2010-04-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión presentada por los ciudadanos Rito de León, Trinidad Alemán y Luis A. Medina, quienes actuaron como Presidente, Secretario y Tesorero de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados del extinto Instituto Nacional de Obras Sanitarias. La solicitud se dirigía contra la decisión N° 127 de la Sala Electoral, que desaplicó normas del Reglamento Electoral por considerar que vulneraban el derecho a la igualdad de los asociados que residen fuera del Área Metropolitana de Caracas.
La Sala Constitucional, tras analizar la solicitud, determinó que no se había consignado copia certificada de la sentencia cuya revisión se solicitaba, lo que constituye un requisito indispensable para su admisión. A pesar de ello, se ordenó oficiar a la Sala Electoral para que remita la copia certificada del expediente correspondiente, a fin de proceder al control de constitucionalidad de las normas desaplicadas.
Finalmente, se resuelve que la solicitud de revisión es inadmisible, pero se ratifica la necesidad de remitir las copias del expediente para continuar con el análisis de la constitucionalidad de las normas en cuestión.
Dispositiva
PRIMERO: INADMISIBLE la solicitud de revisión ejercida por el apoderado judicial de los ciudadanos RITO DE LEÓN, TRINIDAD ALEMÁN y LUIS A. MEDINA, en su condición de Presidente, Secretario y Tesorero de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores, Jubilados y Pensionados del extinto Instituto Nacional de Obras Sanitarias (INOS), respectivamente, contra la decisión N° 127 dictada por la Sala Electoral de este Alto Tribunal el 13 de agosto de 2009. SEGUNDO: ORDENA oficiar a la Sala Electoral de este Tribunal Supremo de Justicia para que remitan copia certificada del expediente AA70-E-2007-000071, en el cual tuvo lugar el fallo dictado el 13 de agosto de 2009, a los fines de proceder al control de constitucionalidad de las normas desaplicadas. Publíquese y regístrese. Remítase copia certificada de la presente decisión a la Sala Electoral de este Alto Tribunal. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.