Sentencia N° 214 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de febrero de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 214, Exp. 06-1841, 14/02/2007
Expediente06-1841
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-02-14
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por la Asociación Civil Los Chaguaramos Golf Club, representada por el abogado Giovanni Ernesto Méndez. La acción fue motivada por la declaración de inadmisibilidad de la misma por parte del Juzgado Superior del Trabajo de Anzoátegui. La Sala solicitó información al Juzgado Sexto sobre la celebración de una audiencia preliminar que se alegó no se llevó a cabo, lo que podría haber vulnerado derechos fundamentales del accionante.
Extracto de la motiva
La Sala, al analizar la solicitud de medida cautelar innominada, observa que no existen en autos recaudos suficientes que permitan comprobar con certeza los hechos denunciados, así como tampoco si se llevó a cabo la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar a la que alude el apoderado judicial del accionante en su escrito de amparo, con la cual, alega el accionante se le han vulnerado sus derechos a la defensa y al debido proceso. Por tanto, esta Sala, a los fines de dictar una decisión ajustada a derecho en la presente acción de amparo constitucional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, solicita al Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, que -en el término de cuarenta y ocho (48) horas continuas- más el término de la distancia a la recepción del oficio que se ordena librar, informe a este Tribunal Supremo de Justicia si fue celebrada la prolongación de la audiencia preliminar acordada por dicho Juzgado e indique el estado actual de la causa.
Dispositiva
Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparo constitucionalderecho a la defensadebido procesoaudiencia preliminarmedida cautelarJuzgado SuperiorAnzoátegui