Sentencia N° 2136 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de noviembre de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 2136, Exp. 07-1222, 09/11/2007
Expediente07-1222
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-11-09
DecisiónOfíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de apelación en relación a una acción de amparo constitucional interpuesta por la compañía SERENOS DEL CASTILLO, C.A. contra una decisión del Juzgado Décimo Cuarto que declaró con lugar una demanda por prestaciones sociales. La Sala consideró necesario solicitar copias certificadas del expediente para formarse un mejor criterio sobre la procedencia de la apelación. Se ordenó al Juzgado remitente que enviara el expediente correspondiente en un plazo determinado, advirtiendo sobre las consecuencias de un posible incumplimiento.

Extracto de la motiva

Visto que, el 13 de agosto de 2007 fue recibido en esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, proveniente del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el oficio distinguido con el alfanumérico TSC-2007-3040 del 27 de julio de 2007, por el cual se remitió el expediente distinguido con el alfanumérico VP01-O-2007-000026 (nomenclatura de dicho Juzgado), contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Gerardo José Ramírez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 56.672, con el carácter de apoderado judicial de la compañía SERENOS DEL CASTILLO, C.A. (SEREDEALCA), inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 17 de mayo de 2000, bajo el N° 39, Tomo 25-A, contra la decisión dictada, el 9 de abril de 2007, por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la misma Circunscripción Judicial, que declaró con lugar la demanda por prestaciones sociales incoada por el ciudadano Marcelo Benítez contra la compañía División de Seguridad Industrial, C.A. (DISEINCA) y su representada. Visto que dicha remisión obedece al recurso de apelación ejercido el 25 de julio de 2007 por el abogado Eduardo González, entonces apoderado judicial de la accionante contra la decisión del 19 de julio de 2007, dictada por el Juzgado remitente, que declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta.

Dispositiva

En consecuencia, se ordena oficiar al Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para que dentro del lapso de dos (2) días más ocho (8) días por el término de la distancia, contados a partir de su notificación, remita a esta Sala copia certificada del expediente signado bajo el alfanumérico VP01-L-2006-2106, nomenclatura de ese Juzgado, contentivo de la demanda por prestaciones sociales incoada por el ciudadano Marcelo Benítez, contra las compañías anónimas División de Seguridad Industrial C.A. (DISEINCA), y Serenos del Castillo C.A. (SEREDELCA). Se advierte al referido Juzgado que el incumplimiento a la orden de este auto acarreará la imposición de la multa que establece el artículo 23.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo constitucionalrecursos de apelaciónprestaciones socialesnotificaciónjuzgadodecisióntrabajoEstado Zulia

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